La Ley 31/1995 tiene como objetivo promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y desarrollar las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.
También establece los principios generales relativos a la prevención de riesgos profesionales para la protección de la seguridad y la salud, la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva, en los términos señalados en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Para el cumplimiento de dichos fines, la presente Ley regula las actuaciones a desarrollar por las Administraciones públicas, así como por los empresarios, los trabajadores y sus respectivas organizaciones representativas.
Las disposiciones laborales contenidas en esta Ley y en sus normas reglamentarias poseen el carácter de Derecho necesario mínimo, pudiendo ser mejoradas y desarrolladas en los convenios colectivos que cada empresa negocie.
La política en materia de prevención tiene como objetivo la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores en el normal desarrollo de su labor.
La elaboración de la política preventiva se llevará a cabo con la participación de los empresarios y de los trabajadores a través de sus organizaciones empresariales y sindicales representativas del colectivo.